→ No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
→ Haber abonado la tasa para la tramitación del procedimiento.
→ No tener antecedentes penales ni tener prohibida la entrada en España.
→ No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
→ Llevar de manera continuada en España un mínimo de dos años previos a la solicitud (sin ausencias continuadas de más de 90 días).
→ Comprometerse a realizar alguna de las siguientes formaciones:
– Reglada para el empleo o para obtener un Certificado de Profesionalidad.
– Obtener una certificación de aptitud técnica o habilitación para ejercer una ocupación específica.
– Cursos de ampliación o actualización de competencias en el ámbito de la formación permanente de las universidades.